15 DE MARZO DE 2020
Entre las medidas decretadas por el Gobierno en el Estado de Alarma está la siguiente:
Limitación de circulación a motivos justificados. Se limita la circulación de las personas a las siguientes actividades: Adquisición de alimentos y productos farmacéuticos de primera necesidad, asistencia a centros sanitarios, desplazamiento al lugar de trabajo, retorno a la residencia habitual, asistencia y cuidado a mayores o menores, desplazamiento a entidades financieras y por otras causas de fuerza mayor.
Por tanto, durante el ESTADO DE ALARMA cualquier accidente deportivo se considera una negligencia y queda excluido de los seguros federativos.
Por tu bien, por el de los demás y por responsabilidad #QuedateEnCasa
ULTIMAS ESCUELAS
ULTIMAS ESCUELAS
ULTIMAS NOTICIAS
ULTIMAS ESCUELAS
ULTIMAS ESCUELAS
ULTIMAS ESCUELAS